Nueva ITV y motos

Nueva ITV y motos

12 agosto, 2021 Desactivado Por Autoservicio del Motorista

Una inspección más precisa de:

  1. Las motocicletas con sistemas avanzados de control de emisiones (SACE) y cómo proceder para una correcta realización de la prueba de emisiones.
  2. Las aristas cortantes de la placa de matrícula.
  3. El funcionamiento del caballete.
  4. El funcionamiento de las luces de frenado en ciclomotores.
  5. La modificación del título de la Ley.

Nueva ITV y motos

En la nueva ITV se establece la posibilidad de comprobar los datos del permiso de circulación por medio del Registro General de Vehículos de la DGT en caso de no ser presentado éste en la estación ITV; y, por otro, el Brexit ha comportado que, a partir de ahora, en el caso de las motocicletas procedentes de Reino Unido que se quieran matricular en España con posterioridad al 31/12/2020, se considerarán vehículos procedentes de terceros países (países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo). Por lo tanto, a partir de esa fecha, requerirán cumplir todos los requisitos necesarios para la matriculación de estos tipos de vehículos y deberán realizar los trámites de importación necesarios.

Nueva ITV y motos

El propietario deber ser conocedor del estado de su motocicleta, es decir, seguir los mantenimientos indicados por el fabricante de la misma o la correcta legalización de cualquier modificación realizada, si fuera necesario.

Las sanciones por irregularidades a la hora pasar la Inspección Técnica de Vehículos se mantienen como hasta ahora:

  • Tener la ITV caducada: circular con la motocicleta como tenerla estacionada en el garaje o en la calle sin haber realizado la inspección técnica en la fecha en la que le correspondía acarrea una sanción económica de 200 euros y la obligación inmediata de realizar la ITV.
  • Circular con la ITV desfavorable: seguir circulando con la motocicleta pese a que se le detectaron defectos graves que sólo le permitirían desplazarse hasta el lugar de reparación genera una multa de 200 euros. En este supuesto, el titular está obligado a reparar los defectos graves y volver a la estación de ITV, en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar la subsanación de dichos defectos.
  • Circular con una ITV negativa: seguir circulando con la motocicleta a la cual se le han detectado defectos muy graves acarrea una sanción de 500 euros. En estos casos, la motocicleta no está autorizada a abandonar la estación de ITV por medios propios, sino que tendrá que hacerlo transportado por una grúa hasta el lugar de reparación y volver a la estación ITV, en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar la subsanación de los defectos.